Factura electrónica obligatoria en Canarias: qué es, cuándo llega y cómo prepararte

Publicado el Actualizado el 7 min de lectura

Última revisión: 13 de octubre de 2026.

En Canarias se mezclan dos obligaciones que suenan parecido y no lo son: Veri*factu y la factura electrónica obligatoria entre empresas (B2B). El 5 de octubre de 2026 pasaron dos cosas el mismo día: el BOE publicó la orden que pone fecha a la factura electrónica y Hacienda anunció que quiere hacer coincidir Veri*factu con ella. Te lo explicamos en orden.

Dos obligaciones distintas

Veri*factuFactura electrónica B2B
Qué regulaCómo debe funcionar tu programa de facturación (registros inalterables, encadenados, QR y, en su caso, remisión a la AEAT)El formato y el envío de las facturas a otras empresas y profesionales (formato electrónico estructurado, a través de plataformas o de la solución pública)
A qué facturas afectaA todas las que emitas con software: completas y simplificadas (tickets)A las facturas a empresarios y profesionales con sede, establecimiento o domicilio en España
NormaReal Decreto 1007/2023 (modificado por el RDL 15/2025)Ley 18/2022 (Crea y Crece), Real Decreto 238/2026 y Orden HAC/1028/2026
¿Aplica en Canarias?Sí, con IGIC en lugar de IVASí: la obligación depende de que el destinatario sea un empresario o profesional en España, y Canarias es España

En resumen: Veri*factu afecta a cómo emites cualquier factura o ticket. La factura electrónica afecta a cómo envías y recibes facturas cuando el cliente es otra empresa o profesional.

Calendario oficial de la factura electrónica B2B

La Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, que regula la solución pública de facturación electrónica, se publicó en el BOE el 5 de octubre de 2026 y entró en vigor el 6 de octubre de 2026. Esa fecha pone en marcha los plazos del Real Decreto 238/2026. Según la AEAT:

  • 6 de octubre de 2027: empresarios y profesionales con volumen de operaciones superior a 8 millones de euros. Deben expedir, remitir y recibir factura electrónica e informar de los estados de factura y de los pagos.
  • 6 de octubre de 2028: resto de empresarios y profesionales. Deben expedir, remitir y recibir factura electrónica. Las personas jurídicas de hasta 8 millones de euros deben además informar de estados de factura y pagos.
  • 6 de octubre de 2029: personas físicas (autónomos) y entidades en régimen de atribución de rentas. Deben informar de los estados de las facturas y de los pagos.

La inmensa mayoría de bares, cafeterías, obradores y comercios de las islas estará en el grupo de octubre de 2028.

¿Y Veri*factu? Fechas vigentes y aplazamiento anunciado

  • Vigente hoy en el BOE (Real Decreto-ley 15/2025): sociedades antes del 1 de enero de 2027; autónomos y resto antes del 1 de julio de 2027.
  • Anunciado: el Ministerio de Hacienda publicó el 5 de octubre de 2026 una nota informativa con la previsión de aplazar Veri*factu hasta octubre de 2028, para que coincida con la factura electrónica de quienes no superan 8 millones de euros.
  • Pendiente: a fecha de esta revisión no se ha publicado en el BOE la norma que lo apruebe. Hasta entonces, mandan las fechas de 2027. Lo seguimos al detalle en Veri*factu en Canarias: fechas oficiales.

Si el aplazamiento se confirma, en octubre de 2028 llegarían las dos obligaciones a la vez para la mayoría de pymes y autónomos canarios. Hacienda ya ha avisado de que, una vez alineados los calendarios, abordará otra modificación para hacer converger ambos sistemas.

¿Qué significa para tu negocio en Canarias?

Si vendes sobre todo a clientes particulares (cafetería, panadería, tienda)

  • Veri*factu te afecta de lleno: cada ticket del TPV es una factura simplificada que debe generar su registro con QR.
  • La factura electrónica B2B te afecta en las facturas a empresas: el hotel al que sirves pan, la empresa que encarga un catering, el cliente que te pide factura con su CIF. El Real Decreto 238/2026 recoge excepciones en su artículo 4; consulta con tu gestoría cuáles te afectan.
  • También tendrás que recibir en formato electrónico las facturas de tus proveedores.

Si trabajas sobre todo con empresas (catering, servicios, distribución)

  • La factura electrónica B2B será el centro de tu facturación desde octubre de 2028, o desde octubre de 2027 si superas los 8 millones de euros.
  • Tu programa tendrá que emitir en formato electrónico estructurado y enviarlo por una plataforma privada o por la solución pública de la AEAT.

Si tienes actividad en Canarias y en Península

  • En las facturas emitidas desde Canarias aplicas IGIC y en las peninsulares IVA. Las dos obligaciones aplican en ambos territorios no forales, así que te conviene un único sistema que gestione varias entidades fiscales.

Checklist para los próximos meses

  1. Identifica tus fechas: ¿sociedad o autónomo? ¿superas los 8 millones de euros? Anótalas con tu gestoría.
  2. Haz inventario de tus facturas: qué porcentaje son tickets a particulares y cuáles van a empresas.
  3. Pregunta a tu proveedor de software:
    • ¿Tienes declaración responsable de cumplimiento de Veri*factu?
    • ¿Cómo vas a emitir y recibir la factura electrónica B2B?
    • ¿Gestionas IGIC por línea y varias entidades?
  4. Ordena la relación con tu gestoría: que reciba ventas y gastos en digital, sin reenvíos sueltos.
  5. No esperes a la última semana: cambiar de programa en plena temporada alta es la peor opción.

Cómo te ayuda Vendenius

La primera obligación que te toca, por fechas, es Veri*factu. Vendenius es una app de gestión hecha en Tenerife que reúne facturación, TPV en iPad e iPhone, gastos, inventario y acceso para tu gestoría:

  • Preparada para Veri*factu, con IGIC por línea y varias entidades fiscales bajo una sola cuenta.
  • El TPV y los fichajes funcionan sin conexión y se sincronizan solos al volver internet, así que sigues vendiendo aunque falle el wifi.
  • Tu gestoría entra con su propia cuenta, solo si tú le das acceso, y ve tus ventas, facturas y gastos sin reenvíos.
  • La factura electrónica B2B llegará a Vendenius antes de que sea obligatoria. Te avisaremos con tiempo.

Si vendes en mostrador, mira también nuestro TPV con Veri*factu e IGIC para Canarias.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatoria la factura electrónica en Canarias?

Sí. La obligación del Real Decreto 238/2026 afecta a las facturas emitidas a empresarios y profesionales con sede, establecimiento permanente o domicilio en España, lo que incluye Canarias.

¿Cuándo es obligatoria la factura electrónica B2B para una pyme canaria?

Desde el 6 de octubre de 2028 si su volumen de operaciones no supera 8 millones de euros. Si los supera, desde el 6 de octubre de 2027 (Orden HAC/1028/2026).

¿La factura electrónica y Veri*factu son lo mismo?

No. Veri*factu regula los requisitos de tu programa de facturación para todas las facturas y tickets. La factura electrónica B2B regula el formato y el envío de las facturas entre empresas y profesionales.

¿Veri*factu también se aplaza a 2028?

Hacienda lo anunció el 5 de octubre de 2026, pero a fecha de esta revisión no está publicado en el BOE. Las fechas vigentes siguen siendo el 1 de enero de 2027 (sociedades) y el 1 de julio de 2027 (resto).

¿Tengo que emitir factura electrónica por los tickets de mi cafetería?

Los tickets a consumidores finales no son operaciones entre empresas, así que no entran en la obligación B2B. Sí deben cumplir Veri*factu. Para casos concretos y excepciones, consulta el artículo 4 del Real Decreto 238/2026 con tu gestoría.

¿La factura electrónica cambia el IGIC que aplico?

No. La factura electrónica regula el formato y el envío, no los tipos impositivos. En Canarias sigues aplicando IGIC según su normativa.

¿Qué es la solución pública de facturación electrónica?

Es el servicio de la AEAT regulado por la Orden HAC/1028/2026 para emitir, recibir y consultar facturas electrónicas. Convivirá con las plataformas privadas de intercambio.

Fuentes oficiales